Dependiendo del uso que le darás a la oficina virtual, los requisitos pueden variar.
Si el principal uso de un domicilio virtual es usar nuestra dirección como dirección comercial de tu empresa, podemos firmar un contrato de arrendamiento con firma electrónica simple.
Si, por el contrario, contratas el domicilio virtual, para posteriormente utilizarlo como dirección de tu empresa ante el Servicio de Impuestos Internos, tendremos que firmar un contrato de arrendamiento con firma electrónica avanzada.
Aunque el SII no exige que la firma de los contratos de arriendo sea con firma electrónica avanzada, firmar mediante firma electrónica avanzada otorga suficiente poder al contrato de arrendamiento para que puedas acreditar tu domicilio ante cualquier institución del estado.
Para firmar con firma electrónica avanzada, el procedimiento se hace con a través de uno de los proveedores oficiales, el listado de entidades acreditadas lo puedes encontrar en el siguiente enlace.
Ten en cuenta que las entidades acreditadas son empresas, plataformas y entidades ajenas a nosotros (Iberocapital), por lo que cada una cuenta con requisitos específicos, entre los que se encuentran que poseas una clave única, un carnet de identidad vigente y que puedas responder a algunas preguntas de seguridad.
Si, por alguna razón, no puedes concretar la firma con una plataforma de firma electrónica avanzada, puedes dirigirte a una notaría y firmar el contrato de arrendamiento ante un notario público. Este servicio no está incluido en ninguno de los planes de oficina virtual que ofrecemos, por lo que si necesitas firmar o que firmemos ante un notario público, deberás asumir los costos asociados.